Técnico/a de imagen preclínica para la Unidad de Imagen Avanzada (baja por IT)
El Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III (F.S.P.) (CNIC) ha sido concebido para desarrollar una investigación de excelencia, competitiva y de relevancia internacional en relación con las enfermedades cardiovasculares. El CNIC cuenta con un centro de investigación de 24.000 m2, ubicado en Madrid, con más de 6.000 m2 para laboratorios dotado de una infraestructura y un equipamiento de última generación.
Funciones:
- Adquisición de imagen preclínica (PET, SPECT, CT, MRI, ecografía, óptica, etc.) de pequeño animal.
- Manejo de animales de experimentación, así como administración de sustancias por diferentes vías.
- Tratamiento y cuantificación de imagen y archivos de datos.
- Obtención y preparación de muestra biológicas.
- Calibración y control de calidad de los equipos de imagen.
- Trabajo básico de laboratorio: preparación de soluciones, mantenimiento de aparatos, mantenimiento del laboratorio, control de compras, control de residuos, etc.
- Desarrollo y revisión de instrucciones técnicas.
Requerimientos imprescindibles:
- Titulación mínima de Formación Profesional de Grado Superior rama biosanitaria.
Requerimientos valorables:
- C1. Poseer la acreditación para trabajar con animales de experimentación, Funciones B y C, conforme a la Orden ECC/566/2015
- C2. Estar en posesión de la titulación de Formación Profesional Grado Superior en el área de técnico en imagen para el diagnóstico
- C3. Poseer la licencia de operador/a de instalaciones radiactivas en el ámbito de la Medicina Nuclear o en su defecto el curso de operador de instalaciones radiactivas.
- C4. Conocimientos en la realización y/o análisis de estudios de imagen nuclear (PET o SPECT) y tomografía computarizada (CT).
- C5. Conocimientos en la realización y/o análisis de resonancia magnética.
- C6. Conocimientos en la realización y/o análisis de imagen por ultrasonidos.
- C7. Conocimientos en procedimientos con animales de laboratorio, especialmente ratón.
- C8. Experiencia en imagen preclínica (PET, SPECT, CT, resonancia, ultrasonidos) en pequeño animal de laboratorio.
- C9. Conocimiento de trabajo en instalaciones de imagen molecular bajo la Norma ISO:9001.
- C10. Entrevista (podrá realizarse una prueba práctica de adquisición o análisis).
Se ofrece:
- Incorporación a un Centro de Investigación de relevancia internacional en el ámbito científico.
- Acceso a una infraestructura con la tecnología más avanzada.
- Integración en equipos jóvenes en un ambiente de excelencia científica.
- Incorporación inmediata.
- Contrato de duración determinada por sustitución de persona trabajadora, de acuerdo con el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, Disposición Adicional quinta, siempre que la persona candidata seleccionada cumpla los requisitos legales para la formalización del contrato con arreglo a derecho.
Plan de selección:
La RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE FUNCIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE APRUEBAN LOS CRITERIOS DE ACTUACION COMUNES EN LOS PROCESOS SELECTIVOS DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL de 11 de abril de 2022, establece en el punto 6.1 que “Salvo que una normativa específica prevea el sistema selectivo de concurso, el sistema selectivo será el de concurso-oposición”
En el caso de CNIC la normativa específica aprobada por el patronato de la Fundación establece un sistema selectivo de concurso con fase de entrevista.
Se realizará una entrevista personal al menos a las 3 candidaturas que obtengan la mayor puntuación, siempre que alcancen el total de 35 puntos en la suma de los criterios evaluables (C1-C9). Se contratará a la persona candidata con puntuación más alta, siempre que alcance los 50 puntos (C1-C10).
Composición de la Comisión de Selección:
- Jefe de Unidad
- Jefa de Unidad
- Manager de la Oficina de Investigación
- Manager de la Oficina de Investigación
- Miembro de RRHH
El CNIC garantiza, en su ámbito de actuación, el principio de igualdad en el acceso al empleo, no pudiendo establecer discriminación alguna, directa o indirecta, basada en motivos de origen, incluido el racial o étnico, sexo, edad, estado civil, religión o convicciones, opinión política, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación sindical, condición social, lengua dentro del Estado y discapacidad, siempre que los trabajadores se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.
Con la participación en el proceso de selección, la persona participante acepta que sus datos figuren en las resoluciones públicas del proceso de selección. Tales resoluciones (relación provisional de admitidos y excluidos, relación definitiva de admitidos y excluidos y resolución del proceso) se publican en la web del CNIC.
"In the event of absence of any of the evaluators an alternate evaluator of the same area will be appointed"