Descripción estructura organizativa

Órganos de la Fundación (artículo 6 de los Estatutos)

  1. Órganos de gobierno: La Fundación estará regida por su Patronato, órgano de gobierno integrado por el Presidente de Honor. el Presidente, el Vicepresidente, y los Vocales natos y electivos. El Patronato funcionará en Pleno y Comisión Delegada. El Patronato designará a un secretario.
  2. Órganos de gestión: Son órganos de gestión el Director General, el Director Adjunto del Centro y el Director Gerente, todos ellos del Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos 111.

Patronato

El Patronato es el órgano al que corresponde el gobierno y representación de la Fundación, el cumplimiento de los fines fundacionales y la administración y gestión de los bienes que integran su patrimonio. Con estricta sujeción a la normativa vigente, serán funciones del Patronato las siguientes:

  1. Fijar los criterios básicos de la política cientifica, de investigación, docente y de cualquier otra naturaleza, necesarias para el cumplimiento de los fines fundacionales.
  2. Adoptar las medidas y disposiciones convenientes que garanticen el mejor cumplimiento de los fines establecidos.
  3. Aprobar el presupuesto, así como los planes generales económicos, fin néieros, directivos, de obras e inversiones y su periodificación anual, que deben reflejarse en el presupuesto anual.
  4. Aprobar periódicamente los planes de actuación y sus resultados.
  5. Aprobar el inventario, el balance de situación y la cuenta de resultados. la memoria y practicar la liquidación del presupuesto y demás documentos contables y rendir cuentas al Protectorado en los términos y en la forma que establece la Normativa aplicable.
  6. Designar al Secretario y a los Patronos Electivos a p opuesta del Presidente del Patronato.
  7. Aprobar la polltica de personal y el régimen retrioutivo y sus modificaciones, dentro de los límites legales.
  8. Adoptar los acuerdos de disposieión y gravamen sobre los bienes muebles e inmuebles, que constituyen el patrimonio de la Fundación.
  9. Aprobar la memoria anual de la Fundación.
  10. Aprobar los acuerdos, los convenios y patentes que considere de interés para el mejor logro de sus fines.
  11. Aprobar los criterios generales de ordenación de pagos y facturación.
  12. Ejercitar los procedimientos. acciones y excepciones de cualquier clase y ante cualquier jurisdicción que considere oportunas, asl como los recursos y reclamaciones de cualquier índole que convengan a la mejor defensa de los derechos e intereses de la Fundación.
  13. Aceptar donaciones cuando no lleven aparejadas alguna condición o modalidad oneros· a, así como legados y herencias a beneficio de inventario.
  14. Conferir apoderamientos o delegar sus funciones en los términos y con los fines que est blece el articulo 16 de la Ley 50/2002
  15. Ostentar la representación de la Fundación en toda clase de relaciones, actos y contratos ante el Estado Español, Estados Extranjeros, Comunidades Autónomas, Provincias, Municipios, autoridades. centros y dependencias de la Administración, Tribunales Nacionales e Internacionales o Tribunales Arbitrales, en el ejercicio de todos los derechos, acciones y procedimientos en los que sea parte la Fundación.
  16. Adoptar el logotipo, sello o sellos como imagen representativa de la Fundación y autorizar su uso en la forma que considere oportuna.
  17. Analizar y proceder a aprobar, en su caso, las medidas propuestas por el Comité Cientifico Asesor y Evaluador Externo.
  18. Nombrar a los órganos de gestión y fijar sus relaciones contractuales, así como sus atribuciones.
  19. Adjudicar los contratos de obras, de servicios y suministros y cualesquiera otros que pudiera concertar para el cumplimiento de sus fines, siempre que la cuantía de los mismos sea superior a 206.000 Euros.
  20. Designar y cesar, a propuesta del presidente, a los Patronos que estime deban formar parte de la Comisión Delegada.
  21. Con carácter residual, cualquier otra función no asignada expresamente a otro órgano.

Comisión Delegada

  1. Proponer al Pleno del Patronato la proba ion de los criterios de actuación del Centro en lo que se refiere a la política personal de la Fundación.
  2. Dirigir las pollticas referidas en e apartado anterior de conformidad con los criterios aprobados por el Pleno del Pat ronato, así como efectuar el seguimiento de las decisiones adoptadas en los referidos ámbitos.
  3. Las demás competencias que en ella delegue el Patronato o que le atribuyan los Estatutos.
  4. En casos de urgencia o necesidad la Comisión Delegada podrá tomar todas aquellas decisiones que sean necesarias para la buena marcha de la fundación, excepto aquellas que sean indelegables conforme a la legislación vigente o requieran autorización del Protectorado, debiendo someterse a ratificación por el Patronato.

Director Gerente

  1. Administrar el Presupuesto de la Fundacion.
  2. Garantizar el funcionamiento de los servicios generales de la Fundación.
  3. Coordinar el trabajo de cada uni ad para conseguir un óptimo rendimiento en calidad, servicio y coste.
  4. Preparar el borrador de Rresupuesto. de la memoria económica, el balance, inventario y elaborar y formular las cuentas anuales.
  5. Organizar la contabilidad y dirigir la administración de la Fundación y elaborar los informes económicos y financieros de la misma.
  6. Llevar el control económico de los proyectos y actividades de la Fundación.
  7. Convocar los procesos de selección de personal, contratar y despedir al personal al servicio de la Fundación, la autorización de dietas y viajes del mismo, así como de terceros colaboradores con el Centro, todo ello de acuerdo con la polltica de recursos humanos aprobada anualmente por el Patronato.
  8. Ostentar la jefatura superior del personal.
  9. Celebrar cuantos actos y contratos de obras, serv1c1os y suministros sean necesarios para la gestión ordinaria del mismo, en ejecución del presupuesto anual aprobado por el Patronato, con excepción de aquellos contratos cuya cuantía sea igual o superior a 206.000 Euros, cuya aprobación corresponde al Patronato.
  10. Cualquier otra función que el Patronato, su Presidente, o el Director General le encomienden.

Director general

  1. Formular a la Comisión Delegada las propuestas de actuación en relación con la politica científica. docente y de investigación del Centro, previo informe del Comité Cientffico Asesor, y ejecutar los acuerdos adoptados, al efecto, por el Patronato.
  2. Elaborar, para su elevación al Pleno del Patronato, el plan estratégico de actuación y dirigir su ejecución.
  3. Informar al Patronato de los resultados de los proyectos cientrficos.
  4. Preparar el borrador de la memoria anual de actividades.